domingo, 5 de mayo de 2019

FUNCION DE LAS COMISIONES DEL MUNICIPIO

COMITÉ PROVINCIAL DE DEFENSA CIVIL

Son funciones del Comité Provincial de Defensa Civil:



1) Supervisar el planeamiento, conducción y control de actividades y proyectos de Defensa Civil de acuerdo a normas y directivas emitidas por el INDECI en la prevención y atención (prevención, preparación, respuesta, atención y rehabilitación). Así mismo verificar que las obras de reconstrucción se lleven a cabo con los debidos componentes de seguridad que aseguren el desarrollo sostenible de la Provincia.

2) Formular, actualizar y supervisar los Planes de Operaciones de Emergencia, y los Planes de Contingencia de acuerdo a las características de peligros y vulnerabilidades de la Provincia.

3) Supervisar la estimación del riesgo y la reducción de riesgo dentro de la jurisdicción.

4) Supervisar la ejecución de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil.

5) Planear, coordinar, supervisar y ejecutar obras de prevención involucrando a todas las entidades ejecutoras de la jurisdicción.

6) Promover, coordinar y supervisar el planeamiento de las actividades y obras de prevención, así mismo verificar que las obras de desarrollo se lleven a cabo con los debidos componentes de seguridad, previa evaluación del riesgo del entorno donde se edificará, involucrando a todas las entidades ejecutoras de su ámbito y priorizando las que correspondan a través de los presupuestos del Gobierno Regional y/o Local, en especial del presupuesto participativo.

7) Elaborar y mantener actualizado el inventario del potencial humano y recursos materiales para la atención de emergencias y la movilización oportuna de los mismos, a través de la Comisión respectiva.

8) Promover y desarrollar las acciones educativas en prevención y atención de desastres, así como la capacitación de autoridades y población en acciones de Defensa Civil.

9) Proponer y/o canalizar la solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia por desastres, si la estimación del riesgo o la evaluación de los daños lo ameritan.

10) Organizar e implementar el Centro de Operaciones de Emergencia (COE) de manera permanente con la finalidad de propiciar la toma de decisiones para la Gestión del Riesgo de Desastres.

11) Evaluar los daños y/o verificar la información proporcionada por las autoridades locales y determinar las necesidades producidas por el desastre o emergencia, motivo de la evaluación.

12) Proporcionar ayuda humanitaria inmediata a la población afectada por algún desastre, con la asistencia de techo, abrigo y alimentos principalmente, así como con la rehabilitación de los servicios básicos.

13) Gestionar y centralizar la recepción y custodia de ayuda del Instituto Nacional de Defensa Civil y supervisar la ejecución transparente en la distribución de ayuda humanitaria.

14) Organizar, capacitar y conducir las Brigadas de Defensa Civil a través de las correspondientes comisiones e instituciones del Comité de Defensa Civil.



15) Difundir a través de los Medios de Comunicación Social, las acciones de Defensa Civil, así como las alertas y boletines que reciba y emita el Centro de Operaciones de Emergencia.

16) Formular Guías de Procedimientos para hacer frente a situaciones de emergencias y desastres por parte de la población.

17) Otros, que se contemple en su propio reglamento.





COMITÉ PROVINCIAL DE SEGURIDAD CIUDADANA

Son funciones del Comité Provincial de Seguridad Ciudadana:



1) Estudiar y analizar los problemas de seguridad ciudadana a nivel de la jurisdicción de la Provincia del Santa.

2) Formular la política provincial de seguridad ciudadana.

3) Formular el diagnóstico de la problemática de seguridad ciudadana y elaborar el mapa provincial de la incidencia delictiva de la jurisdicción.

4) Formular, ejecutar y evaluar los planes, programas y proyectos para reducir la criminalidad y delincuencia común de su jurisdicción y dictar directivas al respecto.

5) Promover la organización y capacitación de las juntas vecinales de seguridad ciudadana que desarrollan la Oficina de Participación Vecinal del Municipio y/o las Oficinas de Participación Ciudadana de las Comisarías de su ámbito de competencia territorial, procurando que dichas actividades sean integradas.

6) Celebrar convenios institucionales, con conocimiento del CONASEC y apoyar la implementación de iniciativas para mejorar la seguridad ciudadana.

7) Evaluar, dentro de su competencia territorial, la ejecución de los planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana que se implementen a nivel de los Comités Distritales.

8) Informar al CONASEC, a través de la Secretaría Técnica, acerca de los resultados de la evaluación que efectúen sobre los Comités Distritales.

9) Convocar a reuniones, por lo menos tres veces al año, a los integrantes de los Comités Distritales de su ámbito de competencia territorial, a fin de coordinar y analizar de manera integral las políticas, planes y programas de seguridad ciudadana.

10) El Comité Provincial puede invitar a sus sesiones en calidad de observadores a representantes de otras entidades públicas y privadas, municipalidades, Policía Nacional y medios de comunicación, así como a coordinadores generales de juntas vecinales y otros líderes de la comunidad que estime pertinentes.

11) Coordinar los aspectos de seguridad ciudadana que considere relevantes con el Comité Regional y con el CONASEC.

12) Promover el desarrollo de programas de bienestar y estímulos que incentiven el desempeño de los efectivos policiales.

13) Coordinar con los Comités Provinciales colindantes acciones conjuntas de seguridad ciudadana.

14) Fomentar el debate público sobre seguridad ciudadana.



COMISIÓN PROVINCIAL DE GESTIÓN AMBIENTAL

Son funciones de la Comisión Ambiental Local de la Provincia del Santa, las siguientes: 



1) Elaborar y proponer lineamientos de política, objetivos y metas de gestión ambiental, así como proyectos de ordenanzas y otras normas municipales para aportar al desarrollo sostenible de la Provincia del Santa acorde con las políticas regionales y nacionales.

2) Velar por el cumplimiento de las políticas, normas y demás obligaciones ambientales en el ámbito de la jurisdicción Provincial, principalmente las referidas al acceso a la información y la participación ciudadana en la gestión ambiental.

3) Concertar, elaborar y monitorear el Plan Marco de Gestión Ambiental de la provincia.

4) Proponer criterios y lineamientos de política que permita una asignación en el presupuesto municipal para las iniciativas de inversión en materia ambiental, de acuerdo al Plan Marco de Gestión Ambiental Provincial aprobado.

5) Gestionar financiamiento de fuentes locales, regionales, nacionales e internacionales, para la ejecución de proyectos que se deriven del Plan Marco de Gestión Ambiental de la Provincia del Santa.

6) Difundir e informar periódicamente a la población de la Provincia del Santa y a los organismos de nivel Regional y Nacional, acerca de los avances en el cumplimiento de los objetivos trazados y de la ejecución del Plan Marco de Gestión Ambiental.

7) Las demás funciones que se deriven de normas legales respecto al mejoramiento del ambiente.

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